El Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto 42/2022, establece el próximo miércoles 18 de mayo como feriado nacional, a los efectos de cumplimentar con la mayor exactitud posible la realización del Censo.
Ante diversas consultas que realizamos con los órganos gubernamentales responsables de la organización de dicha jornada, se nos ha remitido al decreto mencionado anteriormente, que hace referencia a la Ley 24.254, debiendo por lo tanto atenernos a él.
La Ley 24.254 establece que queda prohibida, hasta las veinte (20) horas del día del Censo, la realización de las siguientes actividades:
- Funciones teatrales,
- Exhibiciones cinematográficas,
- Competencias deportivas
- Toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.
- Restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes.
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