
El ARCA viene incrementando sus medidas de control con el fin de garantizar que los monotributistas cumplan con sus responsabilidades tributarias.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un trámite obligatorio en 2025, para todos los monotributistas que deseen conservar su situación fiscal regularizada.
ARCA: a qué monotributistas les corresponde la recategorización
Es fundamental que los contribuyentes se mantengan informados sobre cualquier actualización que disponga el organismo recaudador, para cumplir con los procedimientos que disponga y evitar posibles sanciones.
El ARCA viene incrementando sus medidas de control con el fin de garantizar que los monotributistas cumplan con sus responsabilidades tributarias.
En ese sentido, el organismo exige a los contribuyentes realizar su recategorización, un procedimiento obligatorio que le permite mantener un control sobre los ingresos de los contribuyentes.
El trámite puede resolverse en dos modalidades:
-Recategorización tradicional: de esta forma los contribuyentes pueden ingresar su información de manera manual.
-Recategorización simplificada: el sistema muestra automáticamente la facturación anual, y los contribuyentes pueden confirmar o modificar la categoría sugerida.
Sin embargo, aquellos monotributistas no tengan modificaciones en los parámetros de su categoría actual y aquellos con menos de 6 meses de actividad, quedan exentos de realizar este trámite.
Mientras que, para los monotributistas con menos de 12 meses, se usa un cálculo proporcional basado en la regla de tres simple, que consiste en dividir la facturación por la cantidad de meses trabajados y multiplicando el resultado por 12.
Cuáles son las categorías del monotributo en marzo 2025
-Categoría A: $ 7.813.063,45 anuales
-Categoría B: $ 11.447.046,44 anuales
-Categoría C: $ 16.050.091,57 anuales
-Categoría D: $ 19.926.340,10 anuales
-Categoría E: $ 23.439.190,34 anuales
-Categoría F: $ 29.374.695,90 anuales
-Categoría G: $ 35.128.502,31 anuales
-Categoría H: $ 53.298.417,30 anuales
-Categoría I: $ 59.657.887,55 anuales
-Categoría J: $ 68.318.880,36 anuales
-Categoría K: $ 82.370.281,28 anuales